La Adoración Nocturna, constituida en España en 1.877, por D. Luis de Trelles y Noguerol, reconociendo los extraordinarios valores de su fundador, quien en su tiempo dio testimonio eminente de virtudes heroicas y aportó un ejemplo de lo que más tarde inculcaría el Concilio Vaticano II sobre la misión de los cristianos laicos en el mundo; y deseando honrar la memoria de su fundador, acuerdan constituir la FUNDACIÓN “LUIS DE TRELLES Y NOGUEROL”, que se regirá por los siguientes estatutos:
Artículo 1.- La Fundación " LUIS DE TRELLES Y NOGUE ROL" es una Fundación de la Iglesia Católica con plena capacidad jurídica y de obrar, constituida por escritura pública de fecha 17 de Abril de 1.993, ante el Notario de Zamora, D. Antonio Hernández Rodríguez-Calvo, con número de Protocolo 1055.
Es de ámbito nacional y duración indefinida, abierta a las Asociaciones, personas y movimientos que participen y garanticen el servicio a su ideario.
Artículo 2.- La Fundación se regirá por las leyes y disposicio nes que le sean aplicables, por los presentes Estatutos y por los acuerdos que, en interpreta ción y desarrollo de los mismos, adopte su Patronato.
Artículo 3.- El objeto de la Fundación será promover la Causa de Beatificación, y en su caso, Canonización, de D. LUIS DE TRELLES Y NOGUEROL, Fundador en España de la Adoración Nocturna, fallecido en Zamora el día 1 de Julio de 1.891; con pleno sometimiento a las normas y Jerarquía de la Iglesia Católica, desarrollando cuantas iniciativas y trabajos de índole religioso se consideren necesarios y precisos para este fin.
Para más información: Fundación Luis de Trelles
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